Daira Arana Aguilar | Globalthought
top of page

¿Existen algoritmos para la proporcionalidad en la guerra? Toque de queda

29 mar 2022

Daira Arana Aguilar

A un mes del inicio de la invasión rusa en Ucrania, los medios de comunicación han dado cuenta de las implicaciones de la actividad militar en el país.

A un mes del inicio de la invasión rusa en Ucrania, los medios de comunicación han dado cuenta de las implicaciones de la actividad militar en el país. A la fecha, la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha reportado que, al rededor de 3.5 millones de personas han salido de Ucrania buscando la condición de refugio en países vecinos. Se han observado imágenes y videos que muestran ataques rusos a lo que se presume son instalaciones civiles, perjudicando severamente la infraestructura de Ucrania y el acceso de la población civil a servicios básicos.

A pocos días de iniciadas las operaciones militares rusas en Ucrania, el 28 de febrero de 2022, el Fiscal Karim A.A. Khan anunció que abriría una investigación sobre posibles crímenes de guerra y contra la humanidad en Ucrania cometidos por las partes en conflicto, aunque Ucrania no es parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

El 16 de marzo de 2022, la Corte Internacional de Justicia instó a Rusia a cesar su actividad militar en Ucrania, desestimando los argumentos del gobierno ruso en los que expresaban que su intervención tenía como finalidad atender lo estipulado en la Convención sobre la prevención y sanción del Genocidio, debido a que consideraban que este crimen se estaba cometiendo por el gobierno ucraniano en Donetsk y Luhansk.

A pesar de las distintas negociaciones que los gobiernos de Ucrania y Rusia han sostenido para un cese de hostilidades permanente, los puntos sobre la mesa no han dejado satisfecha a ninguna de las partes y el escenario internacional se torna cada vez más especulativo respecto de las consecuencias de este conflicto en el mundo.

Estados Unidos y sus aliados, han optado desde el día 1 por sanciones económicas severas hacia Rusia y por apoyar indirectamente al gobierno de Ucrania en su ofensiva ante las fuerzas armadas rusas. Particularmente, han destacado todas las medidas de cesura y aislamiento para medios de comunicación, empresas y funcionarios rusos. Lo anterior, ha limitado la información que se pueda obtener desde uno de los bandos, mas allá de lo que logra trascender en medios occidentales internacionales e impide dimensionar las consecuencias en la población civil rusa.

Sin duda alguna, el conflicto en Ucrania esta poniendo al sistema jurídico que regula las relaciones entre los Estados en uno de sus puntos más complejos de su historia. Por un lado, el papel de la Organización de las Naciones Unidas como garante de la paz y seguridad internacionales ha sido sumamente cuestionado. El Consejo de Seguridad ha actuado con buena cautela al evitar que sus miembros permanentes busquen una salida militar al conflicto, y esto ha facilitado postergar una conflagración mundial de consecuencias humanitarias inimaginables para la población mundial, pero ha puesto una pregunta importante sobre la mesa ¿Cuántas y qué tipo de sanciones son suficientes para detener un acto de agresión? Sobre todo, de una potencia militar.

Por otro lado, está el derecho internacional humanitario (DIH), que son las normas que actualmente aplican tanto en Rusia como en Ucrania, por encontrarse ambos Estados ante lo que se conoce como un conflicto armado internacional. Más allá de las luces que nos brinda el DIH para calificar la situación jurídica de las hostilidades militares entre dos o más estados, esta rama del derecho internacional tiene dos grandes propósitos: proteger a las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades y limitar los medios y métodos de guerra.

Todo Ejército que se presume profesional, debe conocer y respetar estas reglas ante la complejidad de los contextos bélicos. De acuerdo con lo estipulado en los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y sus Protocolos Adicionales, así como diversos tratados referentes al empleo de ciertos medios y métodos de combate, el DIH recae sobre diversos principios, como del de distinguir entre quienes combaten y quienes no lo hacen, y el de limitar el uso de ciertas armas, como las armas nucleares, ante cualquier circunstancia. Sin embargo existen también otros principios que son todavía más complejos de llevar al terreno: proporcionalidad y necesidad militar.

En el documento “El Derecho Internacional Humanitario: entre el idealismo y el realismo de las Relaciones Internacionales” (https://www.globalthought.com.mx/AdministradorInicio/ArticuloContenido/5116) explicamos un poco sobre estos principios. Por un lado, el principio de necesidad militar establece que, en general, las partes en conflicto puede hacer todo lo que sea necesario para obtener ventaja militar sobre su adversario, siempre y cuando sean acciones lícitas, es decir, permitidas por el DIH. Esto agrega un nivel de complejidad mayor para quien conduce y ejecuta las acciones militares en el teatro de operaciones, pues no sólo implica respetar a la población civil y sus bienes (distinción) o no emplear armas prohibidas (como las minas antipersonales) sino que se tienen que tomar una serie de consideraciones que aseguren que lo que se hace es legal y responde a una ventaja militar directa y concreta.

Por otro lado, el principio de proporcionalidad, establece que ninguna operación militar será desproporcionada si la ventaja militar es mayor a los daños incidentales que se puedan generar, es decir, los daños conocidos y previstos a población civil y sus bienes. Es decir, el DIH en el uso de la fuerza en operaciones militares resulta hasta cierto punto permisivo, pues establece circunstancia en las que se puede perjudicar a personas y bienes en principio protegidos, siempre y cuando esto no sea el objetivo principal. Pero la gran pregunta es ¿Cómo se mide y determina la proporcionalidad de las operaciones militares en conflictos armados?

El Comité Internacional de la Cruz Roja, así como instituciones como la Universidad de Leiden y la Academia de Ginebra, han realizado importantes esfuerzos para interpretar correctamente en la toma de decisiones este principio. Sin embargo, cuando se busca información concreta sobre cómo hacen los ejércitos para determinar que una acción militar no es desproporcionada, entramos a un agujero negro poco conocido. Esto se debe, quiero creer, a la importancia que tiene este principio en las operaciones militares y su vinculación con información estratégica sobre el adversario (inteligencia militar) que, de ser conocidos los medios y métodos para obtenerla y procesarla, pudieran poner en riesgo la ventaja militar.

Se esperaría, que a estas alturas en las que se habla cada vez más de armas autónomas e inteligencia artificial en las operaciones militares enfocada a ciberseguridad y minimizar el empleo de vidas humanas en los conflictos, los Ejércitos estén invirtiendo profundamente en el diseño de sistemas que les permitan generar datos y procesarlos en favor de conducir con certeza operaciones militares proporcionales, que disminuyan al mínimo los daños incidentales, y que en el futuro, permitan fiscalizar con mayor objetividad los resultados de la conducción de hostilidades. Sin embargo, esto parece complejo.

Hace unos días en un seminario de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey sobre Transparencia Algorítmica en Chile, María Paz Hermosilla, Directora del Gob-Lab de la Escuela de Gobierno de la Universidad Adolfo Ibáñez, expresaba que en uno de sus proyectos, el sector defensa había referido que sí usan sistemas computacionales pero que no podrían revelarlos. Esto, me lleva a pensar en qué tan factible es la transparencia algorítmica en los ejércitos, sobre todo los de las potencias militares globales, como Rusia, ante el ejercicio de justicia.

¿Habrá un algoritmo que ayude a determinar la proporcionalidad de los ataques? Y si es así ¿puede ser compartido a las Cortes Internacionales para que determinen mejor las sanciones que correspondan? ¿Hay cooperación militar entre países aliados sobre este tema? O solo se venden armas y se comparten entrenamiento ¿Qué sesgos pueden estar involucrados en su programación, de existir?

Estas y otras preguntas pueden surgir cuando agregamos a la ecuación de la guerra factores como la ciencia de datos y la toma de decisiones en contextos complejos.

*Imagen recuperada de Newsweek newsweekespanol.com

bottom of page